El 3 de septiembre la Supertel determina a través de una nueva resolución que la instancia responsable de solicitar las direcciones IP a los prestadores de servicios de telecomunicaciones y de valor agregado es la Dirección Nacional de Investigación Especial en Telecomunicaciones. Se señala además que el pedido de información se realizará de oficio en casos de investigación de fraude en telecomunicaciones, y delitos o contravenciones que involucren el uso de medios electrónicos o informáticos, así como para proteger los derechos de la niñez y adolescencia cuando una autoridad competente lo requiera a la Superintendencia.
Esta resolución aclara algunos aspectos del procedimiento, entre los cuales hay que destacar que "en ningún caso se podrá solicitar información concerniente a los contenidos que circulan por esa dirección IP (...)" y que "cuando la investigación se realice de oficio, todo lo actuado constará en un informe técnico, que de ser el caso será puesto en conocimiento de la Fiscalía a través de la denuncia respectiva".
Las resoluciones del Conatel han generado temor ya que, al no detallar qué se requiere de una orden judicial para pedir las direcciones IP de los usuarios de Internet, se vulneraran derechos consagrados en el artículo 66 de la Constitución de la República: el derecho a la inviolabilidad y al secreto de la correspondencia física y virtual y el derecho a la protección de datos de carácter personal.
Fundamedios analizó el tema y concluyó que la resolución de la Supertel no desvirtúa estos temores.
Si bien se determina que se solicitarán las direcciones IP para "investigaciones sobre delitos o contravenciones" en los que evidentemente interviene una autoridad judicial, sigue abierta la posibilidad de que los pedidos se realicen por un órgano como la "Dirección Nacional de Investigación Especial en Telecomunicaciones" y como parte de procedimientos administrativos internos en los que no media autorización judicial alguna.
Lo mismo que sucede con la protección de los "derechos de los niños, niñas y adolescentes" que también recae en autoridades administrativas y no necesariamente judiciales.