La Primera Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, negó la apelación presentada por Fundamedios y el Centro de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, argumentando que con esta medida no se evidencia la "violación de un derecho constitucional" y que "la directriz entregada por el Jefe de Estado a los funcionarios públicos no afecta las garantías constitucionales del derecho a la Información de los ciudadanos".
Con dicho argumento, la Corte ratificó la sentencia dictada en septiembre por Raúl Reinoso, juez décimo segundo de la Niñez y Adolescencia de Pichincha.
Otro de los argumentos para desechar la apelación y desestimar la acción de protección, es que "el derecho a la información que tiene la ciudadanía sobre la gestión de las autoridades públicas,no tiene únicamente la vía de las entrevistas periodísticas a dichos funcionarios"
El fallo de la Corte señala que incluso en el supuesto de que un funcionario señalara "no les voy a informar sobre"- cualquier tema- no significa "que está negando la información (...), porque la ley no le da oportunidad de aquello"; en esos casos lo que el funcionario hace es ejercer su "derecho constitucional a la libertad individual (...)".
A través de un boletín de prensa, Fundamedios reafirmó que, en torno a la libertad de expresión, no es necesario que una actuación estatal esté revestida de formalidad para ser violatoria a este derecho.