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Ley a favor de municipios entraría en vigencia

La falta de operatividad del Congreso Nacional, debido a la crisis política que vive desde el pasado 7 de marzo, cuando el Tribunal Supremo Electoral (TSE) destituyó a 57 diputados, determinó que este domingo se ponga en vigencia por el Ministerio de la Ley, el veto parcial del Ejecutivo a la reforma ala primer inciso del artículo 89 de la Ley de Régimen Tributario Interno.


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Sábado, 31 Marzo 2007 20:48
Noticia Eldiario.com.ec Proyecto que consagra la entrega de recursos a las 219 alcaldías del país, las empresas creadas por ellas, para la implementación de proyectos de agua potable o alcantarillado sanitario o pluvial o tratamiento de aguas residuales. Recursos que serán producto del Impuesto a los Consumo Especiales (ICE) que grava a los servicios de telecomunicaciones y radioeléctricos.
Según la propuesta establecida por el Gobierno, sobre la base del proyecto aprobado por el Congreso, esta que los dineros se distribuirán: Las dos terceras partes a favor de las municipalidades, las empresas creadas por ellas para estos fines o de las entidades creadas por ley que tengan a su cargo la prestación de los servicios de agua potable o alcantarillado sanitario o pluvial o tratamiento de aguas residuales, destinándose este valor exclusivamente a proyectos destinados a estos fines, para todos los cantones de la República y el Distrito Metropolitano de Quito.
El Ministerio de Economía distribuirá los recursos para los proyectos establecidos anteriormente . Distribución se regirá por los siguientes criterios: número de habitantes, necesidades básicas insatisfechas, capacidad contributiva, logros en el mejoramiento de los niveles de vida y eficiencia administrativa.
Las municipalidades, las empresas o entidades creadas por ellas para estos fines o a las entidades creadas por ley que tengan a su cargo la prestación de los servicios mencionados serán responsables de la distribución de la distribución interna de tales recursos de acuerdo a sus respectivos planes de inversión y podrán financiar compromisos u obligaciones adquiridas en virtud de contratos celebrados con anterioridad a la vigencia de esta ley en proyectos de preinversión o inversión para la prestación de agua potable o alcantarillado o tratamiento de aguas residuales , en los cuales se hayan comprometido recursos provenientes del tributo señalado.
El Ejecutivo, en la objeción parcial deja en claro que el producto del impuesto al ICE se depositará en la respectiva cuenta del Servicio de Rentas Internas (SRI) que, para el efecto abrirá en el Banco Central del Ecuador. Una vez efectuados los respectivos registros contables, los valores pertinentes serán transferidos en el plazo máximo de 24 horas a la cuenta corriente única del Tesoro Nacional para su distribución, entre las municipalidades, las empresas creadas por ellas para estos fines o a las entidades que tengan a su cargo la prestación de los servicios señalados.
La propuesta entrará en vigencia el próximo día domingo 1 de abril,. En vista de que el Parlamento en 30 días no ha podido conocer, tramitar y aprobar los textos del Ejecutivo.



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