La Corte Suprema de Justicia (CSJ) dispuso la prescripción de la pena por peculado impuesta en el 2002 en el caso Peñaranda. Con ello, quedan anuladas las medidas cautelares contra los involucrados.
El presidente de la CSJ, Jaime Velasco, se acogió a lo previsto en el artículo 107 del Código Penal, que establece que las penas privativas de libertad, por delitos, prescriben en un tiempo igual al de la condena, si los implicados no se han presentado a cumplir la pena ni han sido aprehendidos, lo que ocurrió en este caso.
Con la decisión de la CSJ, quedaron anuladas las medidas cautelares contra el ex diputado del Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE), Santiago Bucaram Ortiz, así como a Hermes Campaña y Napoleón Freire, quienes fueron condenados a cinco años de prisión.
La situación fue comunicada al Ministerio de Gobierno para que se abstuviera de capturarlos. Los sindicados fueron sentenciados el 26 de febrero del 2002, por el ex presidente de la CSJ, Bermeo Castillo. Por su parte, Luis Peñaranda, líder de la red, fue deportado de Estados Unidos y se encuentra detenido en el ex Penal García Moreno.
La red Peñaranda, creo una serie de empresas fantasmas con diez cuentas corrientes en diversos bancos de Quito.